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CIRC.69.10.CAMBIOS IVA
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Tipo impositivo
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Hasta 30/06
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Desde el 01/07
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Superreducido
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4%
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4% (no cambia)
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Reducido
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7%
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8%
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General
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16%
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18%
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Compensación R.E. Agrario
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9%
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10%
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Devengo. Para evitar errores, verifique la fecha de devengo de las operaciones que estén a caballo entre los meses de junio y julio:
-- Entregas de bienes. Deberá repercutir el IVA vigente en el momento en que los bienes sean puestos físicamente a disposición del cliente (guíese por la fecha del albarán de entrega).
-- Tracto sucesivo. En los servicios que su empresa preste de forma continuada (alquileres, suministros, cuotas de asesoría, etc.) repercuta el IVA vigente en la fecha en que sea exigible el pago.
-- Facturas rectificativas. Si a partir del 1 de julio algún cliente nos hace reclamación de una mercancía facturada y entregada con anterioridad a esa fecha y que se emitió a los tipos de IVA anteriores, la correspondiente factura rectificativa se emitirá al mismo tipo de IVA sobre la que hace referencia.
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CIRC.69.10.IVA
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